Cómo rellenar el modelo 303 paso a paso
El modelo 303 es la autoliquidación trimestral del IVA: el IVA que has repercutido en tus facturas, menos el que has soportado en tus gastos, y la diferencia a ingresar o a compensar. Esta guía recorre el formulario casilla por casilla para el caso de la inmensa mayoría de autónomos: régimen general, sin recargo de equivalencia ni regímenes especiales.
Quién lo presenta
Todo autónomo que realice actividades sujetas y no exentas de IVA, cada trimestre, aunque el trimestre salga a cero o sin actividad. Si tu actividad está exenta (por ejemplo, sanitarias o formación reglada del art. 20 LIVA) o tributas solo en recargo de equivalencia, puede que no tengas que presentarlo — es de las cosas que conviene confirmar con un profesional antes de darse de baja del hábito.
Qué necesitas antes de empezar
- Las facturas emitidas en el trimestre, sumadas por tipo de IVA.
- Los gastos del trimestre con factura completa a tu nombre y NIF — un ticket sin tus datos no da derecho a deducción.
- La casilla [87] de tu 303 anterior, si te salió a compensar: ese saldo se arrastra a este trimestre.
Paso 1 — Identificación y devengo
NIF, nombre y apellidos, el ejercicio (el año) y el periodo (1T a 4T). El resto de la primera página son preguntas de régimen: para el caso común la respuesta a todas (concurso, criterio de caja, REDEME, declaración conjunta…) es «no».
Paso 2 — IVA devengado: casillas [01] a [27]
El IVA que has repercutido, agrupado por tipo. Cada fila lleva base imponible, tipo y cuota:
| Casillas | Tipo | Qué va aquí |
|---|---|---|
| [01] [02] [03] | General, 21 % | La mayoría de servicios profesionales |
| [04] [05] [06] | Reducido, 10 % | Hostelería, transporte, ciertas obras… |
| [07] [08] [09] | Superreducido, 4 % | Bienes de primera necesidad, libros… |
La base es la suma de las bases imponibles de tus facturas del trimestre a ese tipo; la cuota, el IVA correspondiente. El bloque termina en la casilla [27], total de cuotas devengadas. Ejemplo: 6.000 € facturados al 21 % → [01] 6.000, [02] 21, [03] 1.260.
Paso 3 — IVA deducible: casillas [28] a [45]
El IVA que has soportado en gastos afectos a la actividad. Para el caso común interesan dos casillas: [28] (suma de bases) y [29] (suma de cuotas) de las operaciones interiores corrientes — tus compras y gastos normales en España. Las casillas siguientes del bloque cubren bienes de inversión, importaciones y adquisiciones intracomunitarias, si las tienes. El bloque termina en [45], total a deducir. Siguiendo el ejemplo: 700 € de gastos al 21 % → [28] 700, [29] 147.
Tres condiciones para deducir: factura completa (con tu NIF), gasto afecto a la actividad y registro en tus libros. El café de media mañana no cumple la segunda; el portátil de trabajo, sí.
Paso 4 — Resultado: casillas [46] a [71]
- [46] — resultado del régimen general: [27] − [45]. Con el ejemplo: 1.260 − 147 = 1.113.
- [64] — suma de resultados (igual a [46] si no tienes más regímenes).
- [65] y [66] — porcentaje atribuible a la Administración del Estado: 100 % salvo que tributes también a las haciendas forales.
- [110] y [78] — cuotas a compensar de trimestres anteriores: en [110] las pendientes que traes, en [78] las que aplicas ahora.
- [87] — lo que queda pendiente para trimestres siguientes.
- [69] y [71] — el resultado final. Positivo: a ingresar. Negativo: a compensar en los siguientes trimestres — o, solo en el 4T, a solicitar su devolución.
Casillas informativas: [59], [60] y [120]
Si facturas a empresas de otros países de la UE (casilla [59]), exportas fuera de la UE ([60]) o prestas servicios no sujetos por reglas de localización — el caso típico del que trabaja para clientes extranjeros ([120]) —, esas ventas se declaran aquí a título informativo. No cambian el resultado: son operaciones sin IVA español.
Cómo se presenta
Por internet en la Sede de la AEAT, con certificado digital o Cl@ve. Si el resultado es a ingresar puedes domiciliar el pago — pero solo hasta 5 días naturales antes del fin del plazo — o pagar en el momento obteniendo un NRC de tu banco. Las fechas de cada trimestre están en el calendario 2026 del modelo 303.
En tufiscal este formulario se calcula solo: cada factura Veri*factu y cada gasto alimentan las casillas de arriba en tiempo real, y con Premium puedes descargar el fichero oficial para importarlo en la Sede o encargar la presentación con un clic, firmada con tu certificado. En ambos casos revisas las cifras antes de que salga nada.
tufiscal es una herramienta de orientación fiscal. No sustituye el asesoramiento profesional de un gestor o asesor fiscal. El usuario es el único responsable de la veracidad de los datos y de las declaraciones presentadas ante la AEAT.