Veri*factu para autónomos: qué es, qué cambia y cuándo entra en vigor
Veri*factu es el sistema de la AEAT para que las facturas emitidas con software sean verificables e inalterables. Para autónomos será obligatorio el 1 de julio de 2027. Esta guía explica qué es, a quién obliga, qué cambia en tus facturas y cómo llegar a la fecha sin sobresaltos.
Qué es Veri*factu
El Real Decreto 1007/2023 aprobó el reglamento de los sistemas informáticos de facturación (conocido como RRSIF), desarrollado técnicamente por la Orden HAC/1177/2024. La idea central: cualquier programa con el que un empresario o profesional emita facturas debe generar, por cada factura, un registro de facturación con una huella (hash) encadenada al registro anterior, de forma que nadie pueda borrar ni alterar una factura sin romper la cadena.
El reglamento ofrece dos modalidades de cumplimiento:
- Modalidad VERI*FACTU: el sistema remite cada registro a la AEAT en el momento de emitirlo. La factura lleva un código QR y la leyenda «VERI*FACTU», y quien la recibe puede comprobarla en la sede de la AEAT escaneando el QR.
- Modalidad «no VERI*FACTU»: los registros no se envían, pero deben ir firmados electrónicamente, conservarse íntegros y acompañarse de un registro de eventos del sistema. A cambio de no remitir, se asumen más obligaciones técnicas y de conservación.
Para un autónomo, la primera modalidad es casi siempre la práctica: remitir libera de la mayor parte de las obligaciones de conservación y firma, y la AEAT ya tiene los registros si algún día los pide.
A quién obliga y desde cuándo
El calendario original del RD 254/2025 (año 2026) fue aplazado un año por el RD-ley 15/2025. Las fechas vigentes:
| Quién | Obligatorio desde |
|---|---|
| Sociedades (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades) | 1 de enero de 2027 |
| Autónomos y demás obligados que usen software de facturación | 1 de julio de 2027 |
Quedan fuera del reglamento:
- Quienes ya llevan sus libros por el SII (Suministro Inmediato de Información), que tiene su propio régimen.
- Los territorios forales: País Vasco (donde rige TicketBAI) y Navarra, que regulan sus propios sistemas.
- Quien no usa ningún sistema informático — facturar a mano sigue siendo legal, aunque cada vez menos práctico.
Qué cambia en tus facturas
- Registro de facturación por cada factura, con huella encadenada al anterior: la cadena hace detectable cualquier borrado o alteración posterior.
- Código QR en la factura, con el que el destinatario puede verificarla ante la AEAT.
- Nada se borra ni se edita: un error se corrige con una factura rectificativa, no tocando la original.
- Registro de eventos: el sistema anota los sucesos relevantes (arranques, anomalías, exportaciones…).
Nada de esto lo hace el autónomo a mano: es el software el que debe cumplirlo. Tu parte se reduce a facturar con un sistema que lo haga — y a no seguir con uno que no lo haga después de tu fecha.
Cómo prepararte sin esperar a 2027
La fecha límite es de las que conviene adelantar: quien cambia de herramienta en junio de 2027 migrará con prisa y con toda la cola del mercado. Adelantarlo tiene además una ventaja práctica: tus facturas ya salen verificables y con QR, y tus registros ya están en la AEAT, con lo que el cambio de régimen no te cambia nada el día que llegue.
En tufiscal la cadena Veri*factu y el envío automático de registros a la AEAT están incluidos en todos los planes, también en el Gratuito. Y como el IVA de esas facturas alimenta directamente el modelo 303, el trimestre se calcula solo. Los plazos de 2026 también están explicados en esta serie.
Preguntas frecuentes
¿Veri*factu me obliga a enviar mis facturas a la AEAT?
No exactamente: obliga a que tu programa de facturación genere registros verificables, y te da dos modalidades. En la modalidad VERI*FACTU los registros se remiten a la AEAT en el momento de emitir cada factura, y es la más sencilla de cumplir; en la modalidad «no VERI*FACTU» los registros se quedan en tu sistema, pero firmados electrónicamente, con registro de eventos y a disposición de la AEAT si los pide.
¿Necesito certificado digital para cumplir con Veri*factu?
El reglamento no lo exige para expedir la factura en sí, pero la remisión de los registros en la modalidad VERI*FACTU se firma ante la AEAT, y para eso sí hace falta. Como tufiscal remite cada registro en el momento de emitir, necesitas tener tu certificado cargado para poder emitir facturas; se guarda cifrado y solo se descifra al firmar cada envío.
¿Puedo seguir facturando con Word o Excel?
Una plantilla con la que escribes la factura y la imprimes o envías en PDF no es, en sí misma, un sistema informático de facturación, y facturar a mano sigue siendo legal. Pero si tu hoja de cálculo calcula, numera y lleva el registro de tus facturas, funciona como un SIF y tendrá que cumplir el reglamento — cosa que Excel no puede hacer por sí solo.
¿Qué pasa si uso un programa que no cumple?
El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria tipifica como infracción la tenencia de sistemas de facturación que no cumplan el reglamento, con multa fija de 50.000 € por ejercicio para quien los usa. Para quien los fabrica o comercializa la multa llega a 150.000 € por ejercicio.
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